Registro
Responsable, horarios, impresos de solicitudes, Ventanilla Única...
| Lugar de trabajo | Ayuntamiento |
| Atención al público | De lunes a viernes de 10:00 a 14:00 Sábado de 09:00 a 13:00 |
| Teléfono de contacto | 91-844-30-17 |
- Registro general de documentos (solicitudes, reclamaciones, facturas, bolsa de empleo, ventanilla única...) de entrada y salida del Ayuntamiento. El impreso instancia necesario ha de rellenarse por duplicado.
- Atención e información al público
Impresos de solicitudes
Impreso instancia ha de rellenarse por duplicado
Solicitud prestación servicio alcantarillado
Solicitud prestación servicio de recogida de basura
Solicitud cambio de titularidad basura y alcantarillado
Solicitud apertura calicatas, zanjas o cualquier remocion pavimento en la vÃa pública
Solicitud placa permanente de vado
Solicitud de ocupación de terrenos de uso público por mesas y sillas con finalidad lucrativa
Solicitud licencia apertura establecimiento
Solicitud ocupación via públicas puestos, bararcas, casetas de venta, espectaculos o atracciones
Incremento de valor Terrenos de Naturaleza Urbana
Solicitud instalación quioscos vÃa pública
Solicitud de fraccionamiento o aplazamiento de pago
Recurso gerencia territorial del catastro y documentación a presentar
Ventanilla Única
¿Qué es la Ventanilla Única?
La Ventanilla Única es un proyecto que pretende acercar la administración al ciudadano y establecer una mayor colaboración entre las tres administraciones intervinientes: la Administración General del Estado, la Comunidad de Madrid y las Entidades Locales.
El artÃculo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen JurÃdico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE núm. 285, de 27 de noviembre de 1992) establece que "las solicitudes, escritos y comunicaciones dirigidos a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse en los registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, o a la de alguna de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno Convenio", disponiendo además que "mediante convenios de colaboración suscritos entre las Administraciones Públicas, se establecerán sistemas de intercomunicación y coordinación de registros que garanticen su compatibilidad informática y la transmisión telemática de los asientos".
Con esa finalidad, se formalizó, 21 de mayo de 1997, el Convenio Marco entre la Administración General del Estado y la Comunidad de Madrid, para la progresiva implantación de un sistema intercomunicado de registros entre la Administración General del Estado, la Administración de la Comunidad de Madrid y las Entidades Locales del ámbito territorial de esta Comunidad Autónoma (publicado en BOE núm 138, de 10 de junio de 1997 y BOCM núm. 15, de 19 de enero de 1998).
Objetivo del Convenio Marco
El Convenio Marco pretende la implantación de la Ventanilla Única en el ámbito geográfico de la Comunidad de Madrid.
Su principal objetivo es permitir la presentación de todo tipo de solicitudes, escritos y comunicaciones dirigidos a la Administración General del Estado, a Administración de la Comunidad de Madrid y los organismos públicos dependientes de ambas, en cualquiera de los registros ubicados en los municipios de nuestra región, y establecer un sistema de información completa sobre las tres administraciones intervinientes.
Mediante la adhesión de las entidades locales al Convenio Marco, estás se comprometen a transformar sus registros en auténticas ventanillas únicas de las administraciones públicas, facilitando la relación de los ciudadanos con las mismas, sin necesidad de desplazamientos innecesarios.
Ventajas de la Ventanilla Única
Para los Ciudadanos
- La Administración se acerca a todos los vecinos.
- Evita desplazamientos fuera del municipio.
- Desaparición de colas y aglomeraciones en las ventanillas.
- Único punto de información y registro en su municipio.
- Información completa sobre las administraciones estatal y autonómica.
Para los Ayuntamientos
- Intercomunicación de registros administrativos entre las tres administraciones públicas.
- Intercambio de información entre las administraciones participantes.
- Simplificación e integración de trámites y procedimientos administrativos.
- Utilización de criterios comunes de actuación de los registros en la labor administrativa.
Otras Ventajas
- Papel protagonista de las Entidades Locales en las relaciones con los ciudadanos.
- Simplificación de las relaciones del ciudadano con las organizaciones administrativas.
- Cooperación entre los tres niveles administrativos que coexisten: Estado, Comunidad Autónoma y Entidad Local.
Muy importante
Por Ventanilla Única sólo se puede recoger con destino a la Comunidad de Madrid y el Estado, NUNCA para otros Ayuntamientos ni C.C.A.A.
Ventanilla Única: Enlaces de interés
Instrucción para la Adhesión al Convenio Marco
Criterios de actuación de los Registros de las Entidades Locales adheridas al Convenio Marco
Entidades Locales que participan en el Proyecto de Ventanilla Única
